Adelanto de la independencia financiera mediante planes de pensiones

¡Hola a todos!

Se habla normalmente de las reducciones que tenemos en nuestra renta por hijos, ascendientes, mínimo personal, etc., pero nos olvidamos de otra serie de reducciones que pueden ayudarnos mucho a adelantar el momento de la independencia financiera.

Imaginad un matrimonio en el que cada uno de ellos tiene como ingresos los siguientes:

  • Rendimientos del trabajo: 4000 €
  • Rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses, etc.): 5000 €

Probad a meter esos datos en el programa PADRE. ¿Cuánto se tributa? 0.

Ahora poned esos 9.000 € como si se hubieran percibido vía dividendos y veréis que sale a pagar unos 800 €.

Así que ese matrimonio se puede plantar en 18.000  € tributando 0. Esto se debe a una reducción de la que gozan los rendimientos del trabajo que anula los 4000 € obtenidos. Los 5000 € por dividendos, intereses, etc., quedan anulados por el mínimo personal (5550 € para 2015 y ss).

Ahora os voy a presentar al matrimonio formado por Pepito y Margarita. Viven en el país Seguridad Jurídica en el que apenas hay cambios normativos. Ambos tienes 45 años. Ingresan cada uno de ellos anualmente por rendimientos del trabajo (netos de seguridad social) 20.000 €, y ya tienen una cartera formada por la que reciben 5.000 € anuales de dividendos.

Con esos datos pagan aproximadamente 4.068 € de impuesto de renta cada uno.

Han decidido retirarse a los 55 años, para lo que van a aportar cada uno de ellos anualmente a planes de pensiones 3.000 €, con lo que pasan a pagar por el impuesto de la renta 3.326 € (ahorro de 742 €, unos 1.500 € entre los dos).

Para empezar, al llegar a esos 55 años ya han rebajado la factura fiscal unos 15.000 €.

Sigamos. Cumplen 55 años y dejan de trabajar para vivir de sus rentas. De acuerdo con la normativa de su país pueden rescatar las aportaciones a planes de pensiones realizadas con 10 años de anterioridad sin ninguna justificación.

Supongamos que la revalorización de cada aportación al plan de pensiones ha sido de 1.000 €, por lo que sus ingresos van a ser durante 10 años (desde los 55 a los 64):

  • Planes de pensiones (que se consideran rendimientos del trabajo): 4.000 € (3.000 € que aportaron más los 1.000 € de revalorización)
  • Dividendos: 5.000 €

Así, van a tener unos ingresos anuales de 18.000 € pagando 0 por IRPF hasta que cumplan los 65, momento en el que empezarán a cobrar su merecida pensión pública (en Seguridad Jurídica se jubilan dos años antes que en España).

Me planteo si no nos estamos olvidando de invertir a través de planes de pensiones, y para los que quieran y puedan retirarse antes de cobrar la pensión pública, con los datos aportados parece que puede ser un instrumento fenomenal.

Destacaría sobre todo que:

  • Cada año hay un ahorro fiscal que podemos reinvertir y poner a trabajar el interés compuesto (1.500 € en el ejemplo). Esto puede adelantar el momento de la independencia financiera.
  • Transformamos en rendimientos del trabajo la revalorización que haya tenido el plan de pensiones (1.000 € en el ejemplo), pudiendo aprovechar al máximo las reducciones que tengan dichos rendimientos. Nuevo ahorro de unos 1.600 € en el ejemplo respecto a cobrar todo vía dividendos.
  • Eligiendo bien el momento y el importe a rescatar se puede conseguir tributar lo mínimo (en el ejemplo 0).

 

Los planes de pensiones tienen mala fama porque hasta ahora lo habitual era rescatarlos en el momento de la jubilación. Al sumarse el importe del rescate a lo cobrado por la pensión salían unos buenos sablazos. Seguro que todos habéis oído historias sobre ello.

Con la ventana de liquidez a los 10 años eso ha cambiado y podemos aprovecharlo a nuestro favor, de modo que tengamos unos ingresos transitorios hasta el momento en el que cobremos la pensión pública.

Esto no es una recomendación para lanzarnos a invertir mediante planes de pensiones. Cada uno ha de analizar su situación y si esto se adapta a nuestro camino hacia la independencia financiera.

 

Recuerda que el contenido de todos los post en ningún caso constituye asesoramiento profesional. Si detectas alguna errata te agradeceré que me lo indiques para mejorar el contenido del post ya que muchos datos los pongo de memoria.

Si te resulta de interés el contenido del blog puedes suscribirte en la parte inferior derecha para avisarte de nuevas publicaciones.

24 comentarios en “Adelanto de la independencia financiera mediante planes de pensiones

  1. Hola, IIF,

    Yo tengo un importe bastante considerable en planes de pensiones. Unas veces pienso que ha sido un error hacer una aportación anual desde 2003 y otras, cuando valoro un posible retiro antes de la jubilación en el cual que quedaría sin ingresos del trabajo, me parece una inversión genial.

    Tal y como dices, entre la desgrabación en el momento de la aportación y la exención en el momento de cobrarlos siguiendo las reglas que has expuesto, el beneficio es mucho. Sólo que tengas una rentabilidad razonable en los planes, cosa que se puede conseguir haciendo un mínimo de seguimiento, me parece una buena manera de diversificar tus ingresos futuros.

    Lo de la ventana de liquidez a los 10 años está bien, pero en un escenario de independencia financiera no sería necesario porque en situación de desempleo de larga duración se pueden rescatar también (o se podía antes por lo menos).

    Me apunto en favoritos este artículo.

    Un abrazo,
    CZD.

    Me gusta

    • Hola CZD. Primero felicitarte por la buena nueva, espero sinceramente que todo os vaya muy bien.

      Lo de los planes de pensiones es como dices, hay varios casos que pueden recuperarse antes de los 10 años con justificación. Para lo de los 10 años creo que hay que esperar a 2025 para aportaciones de 2014 y anteriores.

      No me parece un error que hayas aportado porque te abre un mayor abanico de posibilidades para tomar la segunda decisión más importante de la vida, retirarse… la primera decisión más importante es tener hijos 😉

      Un abrazo

      Me gusta

  2. El problema que encuentro a los planes de pensiones es que no tributas por las plusvalías sino por el total por lo que en el momento del rescate (a partir del 2025) la penalización es muy grande.

    Un saludo,

    Me gusta

    • Bueno, claro, tributas por todo porque no has tributado antes nada. Si lo que has ido desgravando lo reinviertes te puedes ir aprovechando esos años del interés compuesto. Si no tienes plan de pensiones y no te desgravas, luego solo tributarás por las plusvalías de tus inversiones, porque por el capital ya lo habrás hecho antes.

      Me gusta

      • Hola Magallanes y Amarion. De acuerdo con lo que comenta Amarion y si se tiene cuidado no hay ninguna penalización.

        Imagina Magallanes alguien que aporta hoy 10000 € a un plan de pensiones y se queda en dos años en paro y no tiene ningún ingreso por lo que ha de rescatar dicho plan, que tiene un valor por ejemplo de 11000 €. Como con la reforma fiscal hasta 12000€ por rendimientos del trabajo no se va a tributar no pagará absolutamente nada.

        Es decir, se deduce primero y posteriormente tampoco paga nada.

        No es ningún problema si se tiene cuidado con el momento en el que se rescata.

        Personalmente intentaré hacer aportaciones de 2 ó 3k anuales, me parece interesante.

        Un saludo

        Me gusta

  3. Hola!

    Muy interesante el artículo, como siempre.

    Me gustaría preguntarte por si tienes uno o varios planes de pensiones y con quien lo tienes. Estoy comenzando a darle muchas vueltas al tema de fondos y planes de pensiones para tributar lo menos posible pero no se donde podría abrirlo.

    He mirado en Bestinver y me parecen bastante interesantes.

    Un abrazo!

    Me gusta

  4. Hola. Muchas gracias

    Mi situación es un poco especial porque no cotizo a la Seguridad Social al pertenecer a la Mutualidad de la Abogacía, que viene a funcionar como un plan de pensiones. Es un sistema de capitalización y no de reparto como el de las pensiones públicas. Las comisiones son muy bajas al no tener fines lucrativos y la rentabilidad es normalita ya que es de perfil conservador (4-5%) por el fin que tiene.

    Además de lo de la Mutualidad tengo otro en ING por comodidad y por ser de poco importe (plan naranja euro stoxx 50). En un año más o menos llevo una revalorización de un 11%.

    De momento no me he preocupado de mirar muchos planes porque puedes trasladarlos de una entidad a otra. De hecho el de ING lo trasladé desde Caja Duero, que es donde lo contraté inicialmente para bonificar el diferencial de la hipoteca. Hay bastante flexibilidad.

    Un saludo

    Me gusta

  5. Hola!
    El problema que le veo es que a pesar del plan de pensiones privadas, a alguien se intenta retirar pronto, tienen una penalización enorme del planes de pensiones pública.
    Podrías hacer una entrada o una explicación alrededor de cómo afecta el retirarse «joven» con respecto a lo que te va a quedar de pensión pública (si es que te queda algo). Y si se pueden hacer aportaciones mínimas también al estado para poder disponer de una pensión pública llegado el momento.

    Es una cosa que fastidia bastante, que te hayas pasado muchos años cotizando y si finalmente logras alcanzar la cifra de la independencia financiera, todos esos años no hayan sido considerados por el sistema de pensiones pública.

    un saludo y muchas gracias!

    Me gusta

  6. Hola Impuestos,

    Yo llevo 2 años formando cartera de dividendos, quiero diversificar en fondos Valué y he pensado que mejor forma de hacerlo que en planes de pensiones de Cobas y Azvalor.

    Lo que pienso es lo siguiente, tengo 37 años, puedo aportar el máximo que son 8000 euros y de eso me devuelven un 37% según mi tramo, que serían unos 3000 euros. Eso quiere decir que el año siguiente con los 3000 euros que me devuelve hacienda, solo he de poner de mi bolsillo 5000 euros para conseguir llegar otra vez al máximo de 8000 euros….. así «gano» 3000 euros todos los años (no esta mal). Los planes de pensiones que replican los fondos Cobas y Azvalor, tienen una comisión menor que los fondos…..

    Por otro lado seguir creando cartera de acciones, mi objetivo es jubilarme a los (o tener la opción) 50 años, de ahí, con los planes de pensiones sacar un 4% (la regla del 4%) y lo otro complementarlo con los dividendos. ….. Por otro lado a los 50 años tendré cotizados 31 años, más dos de paro serían 33 años cotizados….. Debería trabajar hasta los 52 para tener los 35 años cotizados para tener derecho a percibir la jubilación???? Por otro lado si estoy 15 años sin trabajar o 17 hasta percibir la del estado…me pagarán una «mierda» porque hacen la media de los 25 años??

    Que te parece la idea?

    Gracias y un saludo

    Me gusta

    • Hola B Cartera.

      Habría que saber muchos datos para saber lo más eficiente fiscalmente en tu caso, pero está claro que la rentabilidad que obtienes aportando a los planes de pensiones no la consigue ni Buffet.

      Cuando te retires, si puedes, más que la regla del 4% yo intentaría retirar cada año la cantidad máxima que no tribute. Pero esto es muy relativo porque dependerá de las necesidades económicas que tengas.

      Como desconozco la legislación que habrá en un futuro yo lo que hago es invertir en muchos tipos de productos financieros para poder «elegir» en cada momento hacer líquido el que más interese, tanto fiscalmente como desde el punto de vista de rentabilidad. Es un modo de tener flexibilidad frente a las ocurrencias del político de turno.

      Por lo que se refiere a la jubilación ten en cuenta que has de cotizar 2 años dentro de los 15 últimos antes de la jubilación (entre 52 y 67), por lo que igual has de esperar a retirarte un poco más

      Si no cambia el sistema, para el que se retire antes de la jubilación no interesa cotizar más que lo justo y necesario, ya que se va a cobrar muy poco y hay una serie de complementos a mínimos para estos casos.

      Un saludo

      Me gusta

      • Hola Impuestos,

        Muchas gracias por la respuesta, la verdad que depende de muchos factores. En mi caso la cartera de dividendos me da tranquilidad, un año vienen mal dadas y esos dividendos te pueden salvar el culo, hablando claro. Sin embargo, los planes de pensiones no, a no ser que vengan muy mal dadas.

        Por eso cada persona es un mundo y hay que buscar lo que mejor se adapte a cada uno y hay que tener las cosas muy claras, imagina que ahora empiezas a invertir en un plan de pensiones pensando retirarte a los 50, pero …..llegan los 50 y dices….No me quiero retirar, llegas a los 65 con un plan de pensiones enorme (gracias a la rentabilidad de Francisco Garcia Parames) y se te junta con la pensión.

        No se, el tema del plan de pensiones es muy goloso, pero tienes que tener claro que vas a SALTAR del barco laboral mucho antes de la jubilación….sino el producto pierde encanto.

        En mi caso no lo tengo claro……lo meditaré, aunque como todo en la vida, en el termino medio esta la respuesta.

        saludos y gracias, excelente blog, esta era mi primera intervención aunque hace tiempo que lo leo.

        Me gusta

    • Gracias a tí por pasarte por este espacio.

      Sí, opino igual, el plan de pensiones es un instrumento ideal para el que piense dar el salto, y para el resto hay que echar bastantes cuentas de cuánto interesa rescatar.

      Con la cartera de dividendos me pasa igual, sé que no es lo más eficiente fiscalmente pero me da tranquilidad…

      Un saludo

      Me gusta

  7. El problema que veo en el matrimonio que decide prejubilarse 10 años antes es que durante esos 10 años no cotizan nada a la Seguridad Social por lo que su posible pensión de jubilación se vería muy mermada, no? si se tienen en cuenta los últimos 25 años de cotización, perderían 10 años por lo que cobrarían muy poca pensión…¿no sería así?

    gracias por el blog, me parece estupendo y nos hace plantearnos muchas cuestiones interesantes al ver las cosas desde otro punto de vista al que no estamos acostumbrados.

    Me gusta

  8. HOla, tengo una duda: Si contrato un plan de pensiones con la intención de dejarlo en herencia a mis hijas , ellas que tendrían que pagar una vez que lo hereden? ¿podrían ellas seguir aportando al plan sin necesidad de pagar impuestos hasta que no lo rescaten o tendrían que pagar a hacienda impuestos en el momento de heredar el plan?

    gracias.

    Me gusta

Deja un comentario