Planes de pensiones. Límites que no tributan y novedades legislativas

En esta entrada sobre combinaciones de planes de pensiones y rendimientos del capital-ganancias que no tributan, Fran planteó en los comentarios lo siguiente:

“He leído en otros foros que la cantidad a rescatar sin tener que pagar impuestos en un plan de pensiones es 12.000, en otros habla de 11.500, y en éste artículo se habla de 11.250. De dónde sale ésta cantidad? Se puede consultar en algún documento o web oficial de hacienda?”

Que las cantidades varíen es normal, porque por ejemplo hasta no hace mucho existía una deducción de 400€ que afectaba a los rendimientos del trabajo, y por tanto a los rescates de planes de pensiones.

retirement

En esta entrada se explican los detalles, así como una novedad legislativa muy reciente que aclara cuestiones pendientes sobre los rescates de aportaciones con más de diez años de antigüedad,

Espero que os sea útil la información.

13 comentarios en “Planes de pensiones. Límites que no tributan y novedades legislativas

  1. Entonces, ¿la cantidad a rescatar sin pagar impuestos es de 11250€?. Yo pensaba que esa cantidad estaba entre 12000€ y 17138€ dependiendo de la situación personal de cada uno. Adjunto la tabla de la que me guiaba.

    RENDIMIENTOS EXENTOS DE RETENCIÓN

    TABLA 1 – LIMITES EXCLUYENTES DE RETENCIÓN SEGÚN SITUACIÓN FAMILIAR

    Número de descendientes
    0 1 2 ó más
    SITUACIÓN 1 — 14.266,00 15.803,00
    SITUACIÓN 2 13.696,00 14.985,00 17.138,00
    SITUACIÓN 3 12.000,00 12.607,00 13.275,00

    Gracias por tu labor en el blog, tiene un valor incalculable.

    Un saludo,

    Víctor

    Le gusta a 1 persona

  2. Hola,

    Soy nuevo por aquí, hay apartados de la página en los que me pide contraseña pero yo no tengo, solamente he podido enviar mi correo electronico para poder hacer un seguimiento del Blog. ¿Cómo puedo crearme un usuario y contraseña para poder accedir a esas zonas?

    Me gusta

  3. Por otro lado, aprovecho para preguntarte si tienes un apartado en el que hablas de los diferentes brokers y en cuales de ellos es necesario la presentación del modelo d6 y el 720 (al exceder 50k ).
    La verdad esque andaba ya mucho tiempo buscando un sitio como este blog 🙂

    Me gusta

  4. HOLA Impuestos,
    Una pregunta. Si invierto en una sicav, como la de Magallanes Value, en vez de sus fondos de inversión… El dinero que tengo en la sicav se tiene en cuanta para el impuesto de patrimonio?

    Que ventajas le ves a invertir o que diferencias o cual es mejor, a través de la sicav o del fondo.
    Gracias y un saludo

    Me gusta

    • Hola.

      Sí, para Patrimonio es lo mismo, hay que ponerlo.

      La fiscalidad básicamente es la misma en ambos casos, así que no es un factor determinante.

      Tendrás que valorar otras cuestiones como la posible rentabilidad, gastos, etc. Una SICAV tiene la ventaja principal de la flexibilidad en la política de inversión frente a un fondo de inversión.

      Espero haberte ayudado.

      Saludos

      Me gusta

Deja un comentario