Casarse por dinero

¡Hola de nuevo!

Que el título no os lleve a engaño, no voy a hablar de Isabel Preysler ni cosas por el estilo… en mi casa lo único “rosa” que veo es Peppa Pig…

El tema de hoy es la importancia del régimen económico matrimonial que elijamos y su incidencia en la carga fiscal que soportaremos.

Lo normal y más habitual cuando alguien contrae matrimonio es que no se plantee la idoneidad del régimen económico matrimonial al que va a estar sometido, y ni se plantea la posibilidad de optar por otro que sea más conveniente (fiscalmente hablando).

En la mayoría de las comunidades autónomas, si no optamos por otro diferente, se nos aplicará el régimen de gananciales y similares, siendo muy pocas en la que se aplique el de separación de bienes.

Desde mi punto de vista lo más eficiente fiscalmente es:

1º) Casarse pactando separación de bienes.

2º) Uniones de hecho.

Con los mismos datos económicos observad las diferencias de los siguientes ejemplos.

Ejemplo 1: D. O. y D.ª A. están casados en gananciales y han alquilado un local comprado durante el matrimonio, con un rendimiento neto de 6.000 €.

D. O percibe 20.000 € netos como rendimientos del trabajo y D.ª A 5.000 €.

Con estos datos D. O. pagaría por renta 3.900 € y D.ª A 0 €. En total 3.900 €(calculado con programa PADRE para 2014)

Ejemplo 2: D. O. y D.ª A. se casaron pactando separación de bienes. D. ª A. compró constante el matrimonio con su dinero privativo un local, que tiene arrendado con un rendimiento neto de 6.000 €. D. O percibe 20.000 € netos como rendimientos del trabajo y D.ª A 5.000 €.

Con estos datos D. O. pagaría por renta 3020 € y D.ª A. 380 €. En total 3.400 € (calculado con programa PADRE para 2014).

Vemos como la pareja del ejemplo 2 ha ahorrado 500 € en impuestos frente a la del ejemplo 1. Multiplicad ese ahorro por varios años…

Las uniones de hecho y matrimonios con separación de bienes tienen esa ventaja, se puede jugar a asignar posibles rentas a quien más nos interese (siempre con su dinero privativo, claro), como en el ejemplo 2.

Las desventajas de las uniones de hecho ante un matrimonio con separación de bienes son la pérdida del “descuento” por tributación conjunta y la imposibilidad de aportar a planes de pensiones del otro miembro de la pareja. La primera no me parece importante, pero la segunda sí que nos hace jugar la partida con menos cartas.

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