El tema de hoy va a resultar especialmente interesante para los que hayan tenido hijos desde el año 2012 incluido, ya que son los ejercicios del IRPF que no están prescritos y de los que podemos beneficiarnos, como explicaré más adelante.
El tema es que el artículo el art. 7.h de la Ley del IRPF regula la exención de determinadas prestaciones y la AEAT ha venido interpretando que solo eran de aplicación a las abonadas por las comunidades autónomas y entidades locales.
Bien, ahora un Tribunal Superior de Justicia les ha dicho que de eso nada, que el Legislador parece que ha querido incluir en la exención no sólo las prestaciones por maternidad percibidas de las comunidades autónomas o entidades locales sino también las del INSS.
En el caso que estudia la sentencia estamos hablando de 3.135 € más sus intereses legales, además de haberse impuesto las costas a la Administración por su afán recaudatorio.
¿Qué hago si tuve un hijo entre los años 2012-2015?
Tocará solicitar una devolución de ingresos indebidos. No creáis que la AEAT aunque exista esa sentencia va a torcer el brazo a la primera, es fácil que denieguen la solicitud y toque ir al Tribunal Regional (aunque tenga ese nombre es un mero órgano administrativo en el que no es preciso abogado ni procurador) o al contencioso.
¿Y para los hijos nacidos durante 2016?
Dado que la AEAT parece estar por encima de la Ley y de lo que puedan decir los jueces, la opción más prudente es confeccionar la renta del ejercicio 2016, a presentar en 2017, incluyendo la prestación por maternidad, y seguidamente presentar una solicitud de devolución de ingresos indebidos.
Haciéndolo de este modo nos evitamos posibles sanciones por no incluir la prestación como rendimiento de trabajo. Adelantamos dinero a la Administración, pero dado que si nos dan la razón posteriormente nos abonarán intereses es preferible este sistema.
Conclusión
Toca repasar las rentas de los ejercicios 2012-2015 y comprobar si se incluyeron las prestaciones por maternidad del INSS para solicitar la devolución de ingresos indebidos.
Si alguien desea que le asesore y tramite sobre esta cuestión puede contactar conmigo y le enviaré presupuesto con mis honorarios.
Recuerda que el contenido de este blog en ningún caso constituye asesoramiento profesional.
[…] cobradas del INSS, tocaría solicitar una devolución de ingresos indebidos. Si en el caso de las prestaciones por maternidad sí que veo muy difícil que la AEAT cambie su criterio y tengamos que recurrir al Tribunal […]
Me gustaMe gusta
[…] a hacer una entrada rápida retomando esta entrada que publiqué recientemente, porque desconozco el motivo pero se ha puesto de acuerdo la prensa […]
Me gustaMe gusta