Novedades sobre la solicitud de devolución de la prestación por maternidad (baja maternal).

Esta entrada la tenía preparada hace tiempo, pero por su importancia he preferido esperar a publicarla una vez finalizadas las fiestas, para que llegue a más lectores.

Tras el revuelo que tuvimos hace poco por la publicación en prensa de la posible exención de la prestación por maternidad, debido a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), recientemente se ha dictado una sentencia del TSJ de Andalucía en sentido contrario, a la que no se ha dado tanta publicidad como a la del TSJM.

Para el que le interese aquí puede leer el contenido íntegro

Por lo tanto, hasta que el Tribunal Supremo intervenga no vamos a tener una solución unívoca.

¿Qué hacemos entonces?

Tras este pronunciamiento judicial en Andalucía, las posibilidades de que la AEAT y los Tribunales Regionales consideren exenta la prestación por maternidad son casi nulas, por lo que nos vamos a ver abocados a la vía judicial.

Todo tiene sus ventajas e inconvenientes, pero personalmente esperaría a que se resuelva definitivamente esta cuestión para no perder tiempo ni dinero, y distinguiría estas situaciones:

  • Los que tuvieran hijos durante 2012: A finales de junio de 2017 finaliza el plazo que tienen para solicitar la devolución de ingresos indebidos, así que agotaría los plazos por si se resuelve definitivamente este asunto y, en caso contrario, tendrán que reclamar durante junio para no perder esta posibilidad.
  • Los que tuvieran hijos durante 2013 y siguientes: Tienen más tiempo para solicitar la devolución, por lo que pueden esperar a ver si hay una solución definitiva.

¿Inconvenientes de mantener una postura “pasiva”? Perdemos la oportunidad de que el TSJ de nuestra comunidad pueda darnos la razón (como el de Madrid), ya que aunque el Tribunal Supremo declarara posteriormente la no exención de la prestación no nos afectaría.

Tanto para los que hayan tenido hijos durante 2012 como para los que decidan reclamar ya, he preparado un dosier con las explicaciones oportunas y todos los modelos necesarios para que uno mismo pueda completarlos y presentarlos (solicitud de devolución, alegaciones y reclamación económico-administrativa). Tenéis toda la información en  este enlace.

Cualquier novedad la publicaré en el blog. Si os interesa podéis suscribiros al mismo.

Recuerda que el contenido de este blog es meramente informativo y en ningún caso constituye asesoramiento profesional.

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4 comentarios en “Novedades sobre la solicitud de devolución de la prestación por maternidad (baja maternal).

  1. Buenas he solicitado la baja por maternidad trabajando en la misma empresa qe mi marido lo solicitemos el mismo dia y a el le llego un sms al movil diciendo favorable la solicitud que en breve le llegara una carta. Sabeis cuandoo? y ami todavia no me ha llegado si quiera el sms.. sabeis por que no me llega? Muchas gracias un saludo

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    • Buenos días María Luisa.

      Gracias a ti por comentar.

      Puede que la paternidad sea tramitada por un funcionario diferente al que tramita la maternidad, no le des mucha importancia a que le haya llegado a tu marido y a ti no.
      Si consideras que ya ha pasado mucho tiempo desde la solicitud y estás preocupada puedes acceder a http://www.seg-social.es/Internet_1/index.htm y arriba a la derecha tienes un cuadrito «Tu Seguridad Social», en el que seguramente tendrás el estado del expediente (hace falta certificado o DNI electrónico).
      También hay un teléfono de información 901 16 65 65, pero no sé si darán detalles del estado del expediente vía telefónica.
      Y la última vía acercarte a la Seg. Social a preguntar.
      Saludos.

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